Incorporación de los whatsapp y otras aplicaciones semejantes de mensajería electrónica al proceso penal en la fase de instrucción

Autores/as

  • Alfredo Martinez Guerrero Letrado de la Administración de Justicia

Resumen

Este artículo se ocupa de una práctica que se está extendiendo por las Oficinas Judiciales Penales a la misma velocidad con la que se extiende las aplicaciones de mensajería instantánea como medio de comunicación social. La incorporación anómala al procedimiento penal del contenido de la conversación o mensaje mediante su impresión y “cotejo” por parte del letrado de la Administración de Justicia. Un uso forense poco pensado y de perniciosos efectos probatorios. La alternativa prevista por legislación procesal existe. Es respetuosa con las competencias documentadoras/de fe pública de los Letrados Judiciales y escrupulosa con la naturaleza jurídica de la actuación procedimental que se realiza.

Citas

CARNELUTTI, F., La prueba civil, 2ª ed., Ejea, ed. Desalama, Buenos Aires, 2000.

MARTINEZ GUERRERO, ALFREDO. (2021). El carácter judicial de los letrados de la administración de justicia. Revista Acta Judicial. Nº 7

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FUENTES SORIANO: El Whatsaap como fuente de prueba, Proceso Penal. Reflexiones. Tirant Lo Blanch, 2017.

RODRÍGUEZ LAINZ, JOSÉ LUIS. ”Sobre el valor probatorio de conversaciones mantenidas a través de programas de mensajería instantánea (A propósito de la STS, Sala 2.ª, 300/2015, de 19 de mayo)”, Diario LA LEY, núm. 8569, Sección Doctrina, 25 Jun. 2015.

Publicado

23-07-2022

Cómo citar

Martinez Guerrero, A. (2022). Incorporación de los whatsapp y otras aplicaciones semejantes de mensajería electrónica al proceso penal en la fase de instrucción. Revista Acta Judicial, (10), 30–36. Recuperado a partir de http://revistaactajudicial.letradosdejusticia.es/index.php/raj/article/view/74

Número

Sección

Artículos